Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado NESTOR LUIS PEREZ RIOS, Fiscal Sexto del Ministerio Público del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, contra la sentencia Condenatoria por admisión de los hechos Nº 241-04, dictada en fecha 26 de Abril de 2004, por el Juzgado Octavo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en el cual CONDENO al acusado ANGEL GABRIEL ROMERO GUERRA, titular de la cédula de Identidad N° 13.741.183, a cumplir la pena de un (01) año y diez (10) meses de prisión, por la comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 411 del Código Penal, cometido en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de SIMON SEGUNDO PIRELA GONZALEZ, y en consecuencia se confirma la decisión recurrida.