En fundamento a lo anteriormente expuesto, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, IMPARTE su aprobación y homologación al DESISTIMIENTO del procedimiento y de la acción efectuado por los ciudadanos CARLOS JAVIER GONZALEZ HERNANDEZ y YANEXI JOSEFINA GAMARDO CALZADILLA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.779.824 y V-15.633.627 respectivamente, en el presente juicio por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE COMPRA VENTA VERBAL, intentado por los ciudadanos CARLOS JAVIER GONZALEZ HERNANDEZ y YANEXI JOSEFINA GAMARDO CALZADILLA, ut supra identificados, contra los ciudadanos JESUS RAFAEL LARA GARCIA y HECTOR CALZADILLA VALDIVIE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad Nros. .....