Con base en los razonamientos que anteceden, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO Nº 03 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Decreta en favor del ciudadano ENYER JOSE LUGO, de nacionalidad Venezolano, natural de Cumaná, Estado Sucre, de 34 años de edad, nacido el 08 de Marzo de 1975, de profesión u oficio comerciante, titular de la cédula de identidad Nº V-12.659.168, residenciado en la Urb. Cocopozuelos, Sector Doña Elisa, calle 3, casa Nº 04, al lado de la Isleta II, Municipio García de este estado, LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL seguida en su contra por el delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal con la agravante establecida en el articulo 217 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, por encontrase acreditado el cumplimie.....