Hoy, 23 de mayo de 2011, siendo las 2:00 p.m., presentes los ciudadanos YOHANDRI JAVIER BASABE, titular de la cédula de identidad: V-22.074.171, asistido por el profesional del derecho abogado ANGEL SIDEREGTS RUBIO, Inpreabogado: 155.090; y la profesional del derecho abogada NORELY DONADO, Inpreabogado: 43.943, en su condición de apoderada judicial de la demandada Sociedad Mercantil CONSTRUCCIONES INDUSTRIALES VENEZUELA, C.A. (COINVECA); todos amplia y suficientemente identificados en actas, quienes han llegado a un acuerdo por la cantidad de Bs.11.500,00; por todos y cada uno de los conceptos reclamados en el Libelo de Demanda, que se dan por reproducidos para que formen parte integrante de la presente acta; cantidad a ser cancelada en fecha 27 de junio de 2011, y por ante la URDD, de este Circuito Judicial Laboral. Ambas partes en vista de la transacción antes referida, solicita.....