REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Maracaibo, veintitrés de mayo de dos mil once
201º y 152º
HOMOLOGACION DE TRANSACCION.

N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2011-000137
PARTE ACTORA: YOHANDRI JAVIER BASABE, titular de la cédula de identidad: V-22.074.171.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ANGEL SIDEREGTS RUBIO, Inpreabogado: 155.090.
PARTE DEMANDADA: CONSTRUCCIONES INDUSTRIALES VENEZUELA, C.A. (COINVECA)
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: NORELY DONADO, Inpreabogado: 43.943.
MOTIVO: Prestaciones Sociales.


Hoy, 23 de mayo de 2011, siendo las 2:00 p.m., presentes los ciudadanos YOHANDRI JAVIER BASABE, titular de la cédula de identidad: V-22.074.171, asistido por el profesional del derecho abogado ANGEL SIDEREGTS RUBIO, Inpreabogado: 155.090; y la profesional del derecho abogada NORELY DONADO, Inpreabogado: 43.943, en su condición de apoderada judicial de la demandada Sociedad Mercantil CONSTRUCCIONES INDUSTRIALES VENEZUELA, C.A. (COINVECA); todos amplia y suficientemente identificados en actas, quienes han llegado a un acuerdo por la cantidad de Bs.11.500,00; por todos y cada uno de los conceptos reclamados en el Libelo de Demanda, que se dan por reproducidos para que formen parte integrante de la presente acta; cantidad a ser cancelada en fecha 27 de junio de 2011, y por ante la URDD, de este Circuito Judicial Laboral. Ambas partes en vista de la transacción antes referida, solicitan formalmente a la JUEZ DE SUSTANCIACION, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO, homologue el presente arreglo. El Tribunal visto que el acuerdo transaccional celebrado no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público; HOMOLOGA LA TRANSACCION y le imparte el carácter de Cosa Juzgada, pero se abstiene de archivar el expediente hasta que conste en actas el cumplimiento definitivo del acuerdo. Se deja constancia que han sido devueltas las pruebas consignadas por las partes al inicio de la audiencia preliminar. Terminó, se leyó y conforme firman. Publíquese y Regístrese la presente decisión. Es todo.

La Juez
El Secretario


Mgs. Judith Castro de Mendoza Abog. Melvin Navarro.



Las Partes.