declara:
1. CON LUGAR la demanda de divorcio intentada por el ciudadano Andrés Eduardo Colmenares Fort, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. V- 16.782.509 en contra de la ciudadana Paola Alejandra Mora Valbuena, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad No. V- 16.107.820, en relación con la niña (identidad omitida, artículo 65 LOPNNA), de tres (3) años de edad; en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron ante el Registro Civil de la parroquia Francisco Eugenio Bustamante del municipio Maracaibo del estado Zulia, en fecha 18 de diciembre de 2009, con fundamento en las causales segunda (2ª) y tercera (3ª) del artículo 185 del Código Civil.
2. En relación con las INSTITUCIONES FAMILIARES para la niña (identidad omitida, artículo 65 LOPNNA), se resuelve lo establecido en el capítulo II de la parte motiva del presente fallo, titulado "De las Instituciones Familiares", cuyo contenido aquí se da por reproduc.....