Por los motivos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Cabimas, DECLARA:
PRIMERO: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA del presente asunto de Fijación de Obligación de Manutención, suscrito por la ciudadana LILICRISTI LOPEZ MOGICA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.633.855, en contra del ciudadano JAVIER ANTONIO ABREU, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.887.272, se ordena devolver los documentos originales que se encuentran insertos en el presente asunto.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí decidido.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, Y DEJESE COPIA CERTIFÍCADA.
Déjese copia certificada por secretaria de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 1384 de.....