Por todos los fundamentos de hecho y de derecho, antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA a favor de los ciudadanos FELIX RAMON ROSALES ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la C. I. N° V-3.004.034 y residenciado en el kilómetro 30, carretera Santa Bárbara ¿ El Vigía, Municipio Colón del Estado Zulia, y VICTOR MANUEL TREN ARIAS, colombiano, mayor de edad, titular de la C. I. N° C-12.579.025 y residenciado en el Moralito, kilómetro 30, carretera Santa Bárbara ¿ El Vigía, Municipio Colón del Estado Zulia, el sobreseimiento de la causa, seguida por el delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 455, ordinal 12° del Código Penal de Venezuela vigente para la fecha, en perjuicio del ciudadano GONZALO GONZALEZ, por haber operado la presc.....