Ahora bien, con base a esa ADMISION DE LOS HECHOS realizada conforme a la ley y de manera espontánea, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley en base a sus atribuciones legales CONDENA al ciudadano GERSON LUIS LOPEZ, Venezolano, natural de Socopo Estado Barinas, nacido en fecha 17-06-1975, titular de la cedula de identidad N° V.- 11.841.184 de 31 años de edad, Profesión u oficio: Taxista , Estado Civil: soltero, hijo de: VICTAR HERNANDEZ (V), y de ANTONIO LOPEZ (V) domiciliado en: Los Jabillos de Santa Rita , Municipio Linares Alcántara, Calle Principal Casa 53-2 , frente a la escuela Santa Rita, Maracay Estado Aragua, cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISIÓN, por encontrarse responsables de la comisión del delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 452 ordinal 4° Código Penal, en perj.....