Al haber sido expuestas las referidas consideraciones de hecho y de derecho, que en conjunto sirven de motivación o fundamento a la presente decisión, este tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, extensión Cabimas, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECIDE: Primero: Negar la solicitud por vía de examen y revisión de la medida de privación impuesta a los acusados GIL GIL ARGENIS JOSE, Venezolano, natural de Trujillo, fecha de nacimiento 27/10/1978, de 29 años de edad, soltero, de profesión u oficio carnicero, titular de la cédula de identidad No 15.824.027, con residenciado en el centro comercial lagunillas esquina de los gochos frutería los Gochos, Lagunillas estado Zulia y BECERRA ANGULO JACSON ENRIQUE, Venezolano, natural de Valera estado Trujillo, fecha de nacimiento 05-06-1989, de 18 años de edad, soltero, de profesión u oficio verdulero, titular de la cédula d.....