DISPOSITIVA:
En virtud de los razonamientos y fundamentos de hecho y de derecho antes expuesto, este JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO, CONSTITUIDO EN FORMA MIXTA CON ESCABINOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO al ciudadano DANIEL GABRIEL MARIN VIVAS Titular de la Cédula de Identidad N° 14.606.462, profesión u oficio obrero, natural de Maracaibo, Estado Zulia, nacido el 08-08-79, de 28 años de edad, hijo de DANIEL MARIN GARCIA y NAIDA ELENA VIVAS, residenciado en la Urbanización Urdaneta, entrando vereda 25, a dos casas de Bordados María, teléfono 0261-7290644, ABSUELTO por su participación, COMO AUTOR, en la perpetración del delito de HOMICIDIO CALIFICADO COMETIDO EN LA EJECUCION DEL DELITO DE ROBO A MANO ARMADA, previsto y sancionado en el ordinal 1° del artículo 406 Código Penal, en perjuicio de quien en vi.....