Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: INADMISIBLE POR INIMPUGNABLE el Recurso de Apelación de Autos presentado por el abogado SIMON JOSE ARRIETA QUINTERO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado N° 67.642, actuando con el carácter de Defensor Privado del ciudadano ANDY STARLIN SEGOVIA ANDRADE, contra de la decisión N° 008-12, de fecha nueve (09) de Enero de 2012, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, extensión Cabimas, mediante la cual el referido Juzgado DECLARO SIN LUGAR la solicitud de Traslado del mencionado imputado desde el Centro de Arrestos Preventivos "El Marite" hasta el Reten Policial de la Costa Oriental del Lago, a quien se le sigue la causa signada bajo el N° VP11-P-2011-003244.....