DISPOSITIVO
Por los razonamientos anteriormente vertidos, este TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando en SEDE CONSTITUCIONAL, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara ADMISIBLE la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL intentada por la ciudadana DESIREE DEL PINAR LOVERA VIVAS contra la sociedad mercantil CHIRINOS MOTOR¿S CA. En consecuencia, se ordena lo siguiente:
PRIMERO: la citación de la sociedad mercantil CHIRINOS MOTOR¿S CA, en la persona del ciudadano JUAN CARLOS CHIRINOS PEROZO, en su condición de Presidente ó en cualesquiera de las persona que se encuentren encargadas de la misma, a fin de que comparezca a enterarse del día y la hora en que tendrá lugar la audiencia constitucional en el presente asunto, la cual se fijará dentro de las noventa y seis (96) horas siguientes a que conste en las actas del expediente la práctica de la.....