En consecuencia, este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Machiques de Perijá, Rosario de Perijá y La Cañada de Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara formalmente embargado ejecutivamente el bien mueble anteriormente señalado, descrito y avaluado y hasta por la cantidad de CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs.F. 50.000,oo), y hace entrega del mismo al Depositario Judicial Provisional a los efectos de su guarda y custodia. Cumplido como ha sido el exhorto conferido se ordena remitir las presentes actuaciones al Tribunal de la Causa. Certifíquese copia de estas actuaciones para que sean archivadas en este Juzgado Ejecutor.