este Tribunal en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal del estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 93 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal DECRETA MEDIDA JUDICIAL DE PRIVACIÓN PREVENTIVA DE LIBERTAD al imputado CARLOS MANUEL GONZALEZ PAREDEZ. Se Decretó la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad al referido ciudadano, por encontrarse llenos lo extremos de los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual deberá cumplir la medida impuesta en el Internado Judicial del estado Monagas. De conformidad con lo establecido en el artículo 72 del Código Orgánico Procesal Penal, se acuerda agregar copias certificadas de la presente audiencia en el asunto NP01-P-2010-005626. En cuanto a la solicitud de que se le dec.....