PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio-Juez Unipersonal Nº 2, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, y a fin de garantizar el interés superior del niño de autos contemplado en el artículo 8 de la citada Ley Orgánica, declara:
PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de OFRECIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, intentada por el ciudadano JONATHAN CHACIN CHACIN, en contra de la ciudadana JANINNE TERESA FERRER PALMAR, a favor del niño de autos, atendiendo al derecho a un nivel de vida adecuado expresado en el artículo 30 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, al interés superior del niño de autos, y a la condición económica de las partes, se fija la pensión alimentaría en medio (1/2) salario mínimo, lo que equivale a la cantidad de SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO B.....