Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EXTENSIÓN SANTA BÁRBARA DE ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO, de la presente causa instruida en contra del ciudadano ADELMO VERGARA BALZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.044.247, residenciado en la avenida La Floresta, casa s/n, Valera, Estado Trujillo, por la presunta comisión del delito de SUPLANTACION DE SERIALES DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado para la fecha de cometido el hecho en el tercer aparte del artículo 358 del Código Penal Venezolano derogado, ahora previsto en el artículo 8 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 318 numeral 3°, 324, en concordancia con el artículo.....