...La sentencia parcialmente transcrita, estableció el criterio fundamentado en el mencionado artículo 431 del Código de Procedimiento Civil, de que la manera idónea de hacer valer en juicio un documento emanado por terceros que no formen parte de este, es mediante la prueba testimonial, con el objeto de que, aquel que lo ha producido, lo ratifique en su contenido. Ahora bien, en el caso que nos ocupa, el apoderado judicial de la parte demandada, pretende hacer valer documentos emanados de terceros que no son partes en el proceso, cuando la norma y la sentencia analizadas, señalan que la vía idónea para ello, es mediante la prueba testimonial. Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal NIEGA la admisión de las referidas pruebas de informes, promovidas por el apoderado judicial de la parte demandada, por considerar que la misma es ilegal. ASI SE DECIDE.-