Por todos los fundamentos de hecho y de Derecho antes expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal con Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. Declara Con Lugar la solicitud interpuesta por la Abogada MARLIN OSORIO MACHADO, Defensora Pública Sexta, y por vía de consecuencia, ACUERDA la libertad inmediata del ciudadano WILFRIDO ENRIQUE MURILLO JULIO, plenamente identificado en actas, a quien se le sigue causa penal por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal Venezolano, y LESIONES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 eiusdem, cometidos en perjuicio del ciudadano JHONY FRANCISCO MEZA NOVOA, e impone las Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad establecidas en el artículo 256 numerales 3 y 4, en concordancia con el artícul.....