PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, sede Maracaibo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. CON LUGAR la demanda de COLOCACIÓN FAMILIAR intentada por los ciudadanos FANNY DEL CARMEN LEAL y RAMÓN ANTONIO MARTÍNEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 5.832.767 y 5.852.449, respectivamente, en contra de los ciudadanos KARLA PAOLA MARTÍNEZ LEAL y ELÍAS SEGUNDO VILLALOBOS MEDINA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 24.952.449 y 13.003.276, respectivamente, a favor de la niña (SE OMITE DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA), nacida en fecha 9 de octubre de 2014.
2. SE DICTA MEDIDA DE PROTECCIÓN DE COLOCACIÓN FAMILIAR BAJO LA MODALIDAD DE FAMILIA DE ORIGEN E.....