En torno a lo precedentemente expuesto, este Juzgado Superior Estadal Contenciosos Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas con Competencia en el estado Delta Amacuro, actuando en sede Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Declara INADMISIBLE la acción de amparo intentada por el ciudadano ARGENIS VILLANUEVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 9.297.289, abogado en ejercicio, actuando en su propio nombre y representación, inscrito en el IPSA bajo el N° 37.759 y de este domicilio, contra la UNIVERSIDAD DE ORIENTE, de conformidad con lo previsto en el numeral 5 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparos sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, DIARICESE Y DEJESE COPIA.
Debidamente firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Superior Estadal Contenciosos Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas con Competencia.....