En mérito de las razones expuestas, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO el recurso de apelación presentado por la profesional del derecho KARINA MAIORIELLO, actuando en su condición de Defensora Pública Primera (01°) Penal Ordinario e Indígena, adscrita a la Unidad Regional de la Defensa Pública del estado Zulia, actuando en carácter de Defensora Pública de los ciudadanos CARLOS ALBERTO RUIZ y ALEXANDER ELIECER PIÑERO ARRIETA, contra la decisión Nro. 1155-2017, de fecha 22 de agosto de 2017, dictada por el Juzgado Primero (1°) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, extensión Villa del Rosario, mediante la cual el Tribunal de instancia declaró: PRIMERO: la APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA, de conformidad con el artículo 234 del Código Orgánico Procesal.....