Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
CON LUGAR la solicitud de Divorcio basada en el artículo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos: MIREYA ELINA LEAL VOLLASMIL y HENDRICK JOSE MELENDEZ MOLINA, venezolanos, cónyuges, mayores de edad y portadores de las cédulas de identidad Nº V-15.603.124 y V-12.330.996, respectivamente, domiciliados en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia
DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que contrajeron los ciudadanos MIREYA ELINA LEAL VOLLASMIL y HENDRICK JOSE MELENDEZ MOLINA, venezolanos, cónyuges, mayores de edad y portadores de las cédulas de identidad Nº V-15.603.124 y V-12.330.996, respectivamente, domiciliados en el Municipio Lagunillas del Estado Zul.....