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Decisiones del dia 22/09/2015

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Superior Primero del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : VP01-R-2015-000232 N° Sentencia : PJ0142015000100 Fecha: 22/09/2015
Procedimiento:
Amparo Cautelar
Partes:
INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS URBANAS (INTU) VS. PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA N° 51-14 DE FECHA 25 DE MARZO DE 2014 EMANADA DE LA INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO ZULIA SEDE "DR. LUIS HOMEZ"
Resumen:
-IV- DECISIÓN Por los argumentos antes expuestos, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la apelación interpuesta por parte demandante recurrente. SEGUNDO: PROCEDENTE, el amparo cautelar solicitado por el Instituto Nacional de Tierras Urbanas (INTU) y en consecuencia se suspenden los efectos del acto administrativo Providencia Administrativa n° 51-14 de fecha 25 de marzo de 2014 emanada de la Inspectoría del Trabajo del estado Zulia sede "Dr. Luis Hómez". TERCERO: SE REVOCA, el fallo apelado. CUARTO: NO SE CONDENA EN COSTA, a la parte demandante recurrente dada la naturaleza del fallo.- La presente decisión fue dictada en el lapso legal correspondiente.- PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE.- Déjese copia certificada por secretaría del presente fallo, de conformidad con lo es.....
Juez/Ponente:
Osbaldo José Brito Romero
Organo:
Juzgado Superior Primero del Trabajo
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N° Expediente : VP01-R-2015-000139 N° Sentencia : PJ0142015000101 Fecha: 22/09/2015
Procedimiento:
Recurso De Apelación
Partes:
GERALDO JESUS MORILLO BLANCO VS. AUTO PIGALLE, C.A.
Resumen:
-III- DISPOSITIVO Por lo expuesto, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: PROCEDENTE, la solicitud de aclaratoria formulada por la representación judicial de la parte demandante. SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS, dada la naturaleza del fallo.- La presente decisión fue dictada en el lapso legal correspondiente.- PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE.- Déjese copia certificada por secretaría del presente fallo, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en el artículo 1.384 del Código Civil y a los fines previstos en los ordinales 3° y 9° del artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL.....
Juez/Ponente:
Osbaldo José Brito Romero
Organo:
Juzgado Superior Primero del Trabajo
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