Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, Sala de Juicio, Juez Unipersonal No. 3, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
Concede autorización amplia y suficiente para vender a las ciudadanas Betty Coromoto González Perez y Carmen Josefina Vargas Briñez, venezolanas, mayores de edad, portadoras de las cédulas de identidad Nos. V-7.894.337 y V-9.721.251, respectivamente, quienes actúan con el carácter de representantes legales de las adolescentes anteriormente identificadas, de acuerdo con lo establecido en esta sentencia, la cuota parte de los derechos de propiedad representados por el doce coma cinco por ciento (12,5%) que le corresponden a cada una de las adolescentes X, sobre los siguiente bienes muebles:
Unos bienes muebles constituidos por dos (02) vehículos los cuales presentan las siguientes cara.....