PRIMERO: SIN LUGAR la oposición planteada en fecha diecisiete (17) febrero de 2016, por el abogado ERNESTO ENRIQUE SÁNCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.722.594 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.483, en su condición de DEFENSOR PÚBLICO SEGUNDO AGRARIO DEL ESTADO ZULIA, EXTENSIÓN VILLA DEL ROSARIO, en representación de los sujetos pasivos de la Medida decretada.SEGUNDO: SE RATIFICA LA MEDIDA DE PROTECCIÓN A LA ACTIVIDAD AGRÍCOLA ANIMAL desplegada por la sociedad mercantil Agropecuaria Izqueañez, c.a., inscrita en el Registro de Comercio que llevó la secretaría del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha 25 de agosto de 1970, anotado bajo el Nº 61, Tomo 3, cuya última modificación estatutaria consta inscrita en el Registro Mercantil Primero del estado Zulia, en fecha 31 de agosto de 2015, anotado bajo el Nº 9, Tomo 55, sobre el fundo IZQUEAÑEZ, ubicado en el secto.....