Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR EL ARTÍCULO 185-A DEL CÓDIGO CIVIL, propuesta por los ciudadanos FRANCISCO ALEXANDER PIÑA NAVEDA Y ZULEIMA MARGARITA OLIVARES ESTRADA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad números V-4.019.239 y V-5.801.402, respectivamente, domiciliados en el Municipio Simon Bolívar del Estado Zulia respectivamente; asistidos por el Abogado en ejercicio ANTONIO PIÑA, Inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 40.933.. y en consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL por ellos contraído el día el día veintiocho (28) de julio de 1979, por ante la Prefectura Civil del Municipio Cabimas del Estado Zulia; dejándose expresa constancia que los ciudadanos antes identificad.....