Por todo lo anteriormente expuesto y señalado, es que este Tribunal Unipersonal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio Nº 3 de este Circuito Judicial Penal, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: Se declara CULPABLE, y en consecuencia CONDENA, al ciudadano JAVIER ANTONIO CASTRO GUTIERREZ, venezolano, natural de Mérida, estado Mérida, nacido en fecha 01 de julio de 1967, de 41 años de edad, soltero, de oficio comerciante, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.397.489, con residencia en el Sector Los Cocos, Calle Incesar, casa s/n, Municipio Mariño del estado Nueva Esparta, actualmente detenido en el Internado Judicial de la Región Insular, a cumplir la pena de DIECISIETE (17) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISION, por la comisión del delito VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el Artículo 43 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, segund.....