EL FALLO
Por los razonamientos y fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, actuando como órgano de Segunda Instancia en Sede de Amparo, declara:
• PARCIALMENTE CON LUGAR, la actividad recursiva ejercida por el abogado FERNANDO ARCENIO ROJAS ESCORCIA, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana ANGELA MARÍA ALEJANDRA BAEZ, ambos identificados, contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Cabimas, en fecha 04 de mayo de 2015; y, por vía de consecuencia,
• SIN LUGAR, la acción de Amparo Constitucional interpuesta por la ciudadana ANGELA MARIA ALEJANDRA BAEZ, ya identificada, contra el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Lagunillas de la Circunscripción Judicial del estado Zulia;
• SE SUSPENDE.....