PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de FIJACIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, incoada por la ciudadana, BEGLYS MARGARITA MENDEZ SUAREZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº: V-10.204.729, REPRESENTADA por la Defensa Pública Segunda de esta Circunscripción Judicial, a favor de su hijo, IDENTIDAD OMITIDA..., de dieciséis (16) años, representado por la Defensa Pública Primera de esta Circunscripción Judicial, en contra el ciudadano, RONALD CARLOS SUAREZ SALAZAR, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº: V-11.538.205, REPRESENTADO por la Defensa Pública Tercera de esta Circunscripción Judicial en consecuencia se fija como obligación de manutención mensual, la cantidad de CUATROCIENTOS BOLIVARES MENSUALES (Bs 400,00), monto que deberá ser sufragado en cheque o efectivo, por el obligado alimentario los primeros cinco (5) días de cada mes, a partir del mes de julio de 2011. Este monto alimentario de.....