En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADA en derecho la transacción celebrada entre el ciudadano JEAN SANCHEZ GUILARTE, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, comerciante y titular de la cédula de identidad Nro.10.197.455, debidamente asistido en este acto por su apoderado judicial abogado Rafael Ernesto Alfaro Salazar, inscrito en el Inpreaboado bajo el Nro.33.189, parte demandante y por la otra parte la empresa SERVICIOS INTEGRADOS 2481, C.A., debidamente representada por el ciudadano CARLOS OLIVARES SERRANO, quien actúa como su Director, y estando debidamente asistido por la abogada Eucaris Chique, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.126.629, todo ello en el juicio que por motivo de COABRO DE BOLIVARES (VIA INTIMACION), en razón a que.....