PARTE DISPOSITIVA
DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio-Juez Unipersonal Nº 4, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
a) APROBADO Y HOMOLOGADO, los convenimientos celebrados entre los ciudadanos GUSTAVO ADOLFO REYES VERA Y JECCICA CAROLINA PINTO PORTILLO, anteriormente identificados; en consecuencia, le da el carácter de cosa juzgada.
b) El progenitor se compromete a suministrar la cantidad de MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs.1.200,oo) mensuales, a razón de SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs. 600,oo) quincenales, los mismos serán depositados en la cuenta corriente signado bajo el Nº 0116-0127-84-0008554404, del Banco Occidental de Descuento (BOD), para cubrir los gastos de alimentación, guardería y gastos personales de su hija.-
c) Se acuerda que la deuda por Obligación de Manutención a.....