Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Nacional Contencioso Administrativo de la Región Centro-Occidental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se ADMITE la demanda por abstención interpuesta por el ciudadano Eduardo Antonio Méndez Valecillo, debidamente asistido por el abogado Bladimiro Alfonso Jugo Suárez; actuando con el carácter de Secretario General de la Organización Sindical SINDICATO UNITARIO MUNICIPAL DE EMPLEADOS PÚBLICOS (SUMEP) DE LA ALCALDÍA DE MARACAIBO DEL ESTADO ZULIA, contra el REGISTRO NACIONAL DE ORGANIZACIONES SINDICALES. En consecuencia, se ORDENA la aplicación del procedimiento breve establecido en la sección segunda del capítulo II, título IV, de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (artículos 65 al 75).
SEGUNDO: Se ORDENA CITAR al Director Regional del Registro Nacional de Organizaciones Sindicales, Dr. Nixón Sánchez, requiriéndole que.....