Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por el abogado MELQUIADES PELEY, en su condición de apoderado judicial de la ciudadana ANGELA IBAÑEZ, en fecha 24 de marzo de 2015.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 18 de marzo de 2015, en el juicio que por PARTICIÓN DE COMUNIDAD CONYUGAL, sigue el ciudadano GIOVANNY LINARES, contra la ciudadana ANGELA IBAÑEZ.
TERCERO: Se condena en costas a la ciudadana ANGELA IBAÑEZ, por expresa disposición del artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLÍQUESE. REGÍSTRESE. NOTIFÍQUESE. Déjese por Secretaría copia certificada de.....