PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO basada en el artículo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos ISIDRO JOSE AZUAJE y MILAGROS CHIQUINQUIRA URDANETA FINOL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 9.764.051 y 15.623.145, respectivamente, domiciliados en el Municipio Jesús Enrique Lossada del estado Zulia.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos ISIDRO JOSE AZUAJE y MILAGROS CHIQUINQUIRA, antes identificados, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia José Ramón Yépez del Municipio Jesús Enrique Lossada del estado Zulia, el día primero (01) de Abril de Mil Novecientos Noventa y Cinco (1995), tal y como se evidencia en el acta de matrimonio signada con el Nº 007 acompañada a las actas.