ORDENA EL AUTO DE APERTURA A JUICIO, en contra del acusado : ROBERTO GONZALEZ JOSE BORGES PALMAR, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, sin Cedula de Identidad, estado Civil Soltero, fecha de Nacimiento 15-08-88, de Veintiocho (18) de años de edad, profesión u oficio vendedor, domiciliado en el barrio Chino julio, casa 78, Maracaibo, Estado Zulia. como COAUTORES por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO,Y PORTE ILCIITO DE ARMAS previsto y sancionado en el articulo 458 Y 277 del Código Penal en perjuicio del ciudadano el cual se dictará en auto por separado en esta misma fecha; y emplaza a las partes para que en un plazo común de cinco (05) días concurran ante el Tribunal de Juicio que por distribución le corresponda en este mismo Circuito Judicial Penal; asimismo, se da instrucciones al Secretario de este Despacho para que tome la debida nota y una vez vencido el lapso legal, deberá remitir al Departamento de Alguacilazgo de este mismo Circuito.....