DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos, esta Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la ABOGADAS MARIANELA CANGA GARCÍA Y MARÍA PAOLA CASAS CANGA, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 23.409 y N° 183.573, respectivamente, actuando en el carácter de defensoras privadas de los ciudadanos DAVID GERARDO LEAL SOTO y ANDRES EDUARDO HERNANDEZ OCANDO; SEGUNDO: ANULA la decisión N° 102-15 dictada en fecha 28 de enero de 2015, por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual ese tribunal decretó medida cautelar sustitutiva a la medida de privación judicial preventiva de libertad a los imputados de autos plenamente identificados, por la presunta comisión de los delitos de LESIONES PERSONALES INTENCI.....