Por los fundamentos expuestos este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO,JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
A) CONSUMADO el acto procesal de TRANSACCION celebrado entre las partes en el juicio de DAÑOS Y PERJUICIOS DE TRANSITO, seguido por el ciudadano DANNYS DANIEL VILLALOBOS MOLERO, en contra de la ciudadana MARIA MARTINEZ y la Sociedad Mercantil SEGUROS CARACAS, todos identifica¬dos en la parte narrativa de este fallo, en consecuencia, le imparte su aprobación, homologándola, dándole el carácter de cosa juzgada, ordena expedir por Secretaria las copias certificadas solicitadas de esta transacción y su homologación y ordena de archivo del expediente.-
B) No hay condenatoria en costas por tratarse de una transacción, de conformidad con lo establecido en el Artículo 277 del Código de Procedimiento Civil.-
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