Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de los Municipios Catatumbo y Jesús Maria Semprún de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA: APROBADO Y HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO, celebrado entre los ciudadanos, ALEX DE JESUS MORENO DE CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 13.940.753, domiciliada en el sector Redoma de Casigua, Municipio Jesús Maria Semprún del Estado Zulia y JOSE DEL CARMEN MEDINA TARAZONA, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. V- 11.973.069, y domiciliado en el Sector La Unión, Casigua El Cubo, Municipio Jesús Maria Semprún del Estado Zulia. Dándole el carácter de cosa juzgada y no se ordena archivar el expediente.
PUBLIQUESE, REGISTRESE. Déjese copia certificada por secreta.....