Por todo lo anteriormente expuesto, ESTE TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLCIA BOLIVARIANA EDE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LAL LEY, DECLARA SIN LUGAR por no proceder en derecho, la solicitud del representante de la Defensa Pública, en consecuencia, ACUERDA MANTENER la MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra de los imputados CARLOS ERNESTO FLORES RANGEL, Venezolano, natural Cumaná, estado Sucre, nacido en fecha 14/12/1988, de 21 años de edad, de profesión u oficio albañil, titular de la cedula de identidad N° 19.346.396, residenciado en el Sector los Olivos, Conejero, la primera calle, casa s/n, es un rancho, cerca de la bodega los pitillos, Porlamar, Municipio Mariño, estado Nueva Esparta, y FRANK JESUS GONZALEZ HURTADO, Venezolano, natural Porlamar, estado Nueva Esparta, nacido en fecha 24/04/1991, de 18 años de edad, de profesión u of.....