Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara:
1.-) INADMISIBLE la presente demanda de DECLARACIÓN DE LA COMUNIDAD CONCUBINARIA y SIMULACIÓN, incoada por la ciudadana VICTORIA CAROLINA OSORIO SANCHEZ, contra los ciudadanos RODOLFO FARINA ESCALANTE y ARACELY ESCALANTE DE FARINA, antes identificados.-
2.-) No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza de la presente decisión.