Por los fundamentos de Derecho antes expuestos esta Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: ADMITE el recurso de apelación de autos, interpuesto por la profesional del derecho ALEINE PAOLA BARBOZA PORTILLO, actuando con el carácter de Defensora Pública Provisoria Décima Séptima (17°) Penal Ordinario, adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del Estado Zulia, en su condición de defensora del ciudadano DANIEL JOSÉ PADILLA MENDOZA, portador de la cédula de identidad Nro. V-21.166.418, dirigido a impugnar la decisión Nro. 101-2024, de fecha dieciséis (16) de febrero de 2024, dictada por el Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, con ocasión a la audiencia de presentación de imputados.
SEGUNDO: ADMITE los medios de prueba promovidos por la defensa públ.....