CAPITULO IV
DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADA la transacción interpuesta mediante escrito de fecha veintiuno (21) de marzo de 2023, suscrito por las partes del proceso, la JUNTA DE CONDOMINIO DEL CENTRO ZAPARA, debidamente representada por las profesionales del derecho YELITZA PARRA GONZALEZ, y la Sociedad Mercantil DENTAL J.S. C.A., debidamente representada por las profesionales del derecho ILEANA CAROLINA SUAREZ PEROZO, plenamente identificados en la parte narrativa de este fallo.
SEGUNDO: CONSUMADO el modo anormal de terminación del proceso, en la causa que por COBRO DE BOLIVARES (VIA INTIMACIÓN), sigue la JUNTA DE CONDOMINIO DEL CENTRO ZAPARA, en contra de la Sociedad Mercantil DENTAL J.S. .....