Examinados los documentos acompañados y la norma ut supra transcrita, éste JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de-cujus ALEXIS JOSÉ MARÍN TORRES; quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 4.712.571, fallecido el treinta (30) de agosto de 2019, en jurisdicción del Municipio Lagunillas del Estado Zulia, a los ciudadanos JORGE LUIS MARÍN PIRELA, ROSA ELENA MARÍN PIRELA, ALEXIS JOSÉ MARÍN PIRELA, ROXANA MARGARITA MARÍN PIRELA, ROSMARY DEL VALLE MARÍN PIRELA y ALEXIS DE JESÚS MARÍN CRUZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 16.302.195, 13.131.521, 13.362.703, 17.150.143, 17.995.568 y 23.250.615 respectivamente, domiciliados en el Municipio Lagun.....