El Abogado JOSE GREGORIO UZCÀTEGUI Juez Temporal del Juzgado del Municipio cedeño de la Circunscripciòn judicial del Estado Monagas, pasa a decidir de la manera siguiente: Por todas las consideraciones que anteceden y de conformidad con lo dispuesto en el Artìculo 12 del Còdigo de Procedimiento Civil y en atenciòn a lo establecido en el Artìculo 185 A del Còdigo Civil, Administrando Justicia en nombre de la Repùblica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos OSWALDO ANTONIO MARTÌNEZ ANTUAREZ Y JOSEFINA FEBRES HERNÀNDEZ, y en consecuencia se declara DISUELTO el vinculo matrimonial que los unìa, el cual se celebrò en fecha 10/02/1996 por ante el Registro Civil del Municipio Ezequiel Zamora del Estado Monagas. En cuanto a los bienes de la comunidad Conyugal este Tribunal no tiene materia por la cual pronunciarse, en virtud de que las partes manifestaron en la solicitud que no adquirieron ningùn bien. Dado. F.....