Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo previsto en el Artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, CONDENA al acusado: JULIAN ROJAS LOPEZ, de nacionalidad colombiana, natural de Codazi, Departamento del Cesar, de 24 años de edad, nació el 19-06-82, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, Indocumentado, hijo de padre desconocido y de Dioselina López y residenciado en la calle 3, del barrio Martín Villegas, casa S/N, el Caracolí, Parroquia del Moralito, Municipio Colón del Estado Zulia, a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión de los delitos de: HOMICIDIO INTENCIONAL EN RIÑA, previsto y sancionado en el Artículo 405 del Código Penal Venezolano, en concordancia con lo dispuesto en el segundo aparte del .....