PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO de la ciudadana ANA MARÍA ROBLES CARRILLO, inscrita en los Libros de Registro Civil de Nacimientos que lleva la Prefectura del Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, anotada bajo el N°. 350, vuelto del folio 182, correspondiente al año 1.980.
SEGUNDO: Se ordena participar mediante oficio a la Prefectura del Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta y al Registrador Principal de ese Estado, a objeto de que se sirva identificar en el acta de nacimiento anotada bajo el N°. 350, vuelto del folio 182, correspondiente al año 1980 de la ciudadana ANA MARÍA ROBLES CARRILLO, a su padre, ciudadano CARLOS ROBLES CASTRO, con su cédula de identidad N°. 6.219.689.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la decisión.