Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control Audiencias y Medidas del Circuito Judicial en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley. DECLARA: PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud del Ministerio Publico, y en consecuencia ORDENA LA LIBERTAD INMEDIATA de los ciudadanos MARTIN DARIO PRADA IPUANA, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD V.-26.860.801 y EUDOMAR ENRIQUE PRADA IPUANA VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD V.-27.033.057. SEGUNDO: SE RATIFICAN LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN a favor de la victima las establecidas en el articulo 90 Ordinales 5° y 6° de la Ley Especial ORDINAL 5:- La prohibición al presunto agresor de acercarse a la victima, a su lugar de trabajo y su lugar de estudio, ORDINAL 6.- Prohibir al presunto agresor realizar actos de intim.....