Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
• SIN LUGAR, la recusación formulada por el ciudadano HAFEZ FARAG BASABE, identificado en actas, contra el Dr. WILIAN MACHADO BELTRÁN, en su condición de Juez del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Cabimas de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia; y por vía de consecuencia,
• SE IMPONE, al ciudadano HAFEZ FARAG BASABE, identificado en actas, una multa de dos bolívares (Bs. 2,oo) conforme a lo ordenado por el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil,
• OFICIESE al Gerente General del Banco Central de Venezuela, Subsede en Maracaibo, remitiendo copia certificada de la presente decisión, para que sea cancelada dentro de los tres (03) días hábiles siguientes, los.....