Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
• EXTINGUIDO el presente Juicio de DIVORCIO ORDINARIO intentado por la ciudadana NEIDA ELENA RUIZ MORENO, en contra del ciudadano FREDDY GIVANNI SOTO REYES, plenamente identificados en actas, fundamentando su acción en la causal contenida en el ordinal 2° del artículo 185 del vigente Código Civil, esto es el abandono voluntario. ASÍ SE DECIDE.-
• NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS por la naturaleza de este fallo. ASÍ SE ESTABLECE.-